Cambios en el etiquetado nutricional de alimentos en Argentina

Ya es ley el El etiquetado Frontal de Alimentos.

La Cámara de Diputados aprobó el proyecto que, obliga a las industrias, a marcar con un sello octogonal negro de advertencia los paquetes y envoltorios de todos los alimentos que tengan exceso en azúcares, grasas, calorías o sodio, basados en evidencia científica concreta. De ella se desprende que el octógono negro de advertencia es la forma más eficaz para que los consumidores interpreten la presencia o ausencia de nutrientes críticos en los productos alimenticios que van a ingerir.

Esta ley aprobada por la Cámara de Deputados se basa en la información nutricional que se brinda al consumidor en los alimentos industrializados es confusa, y puede ocurrir que estemos comprando un producto que parece saludable y no serlo.

Se destacaron las cifras impactantes sobre la incidencia de “los productos ultraprocesados, hipercalóricos, poco nutritivos, con exceso de grasas, sal, azúcares y también caros”.

La encuesta nacional de factores de riesgo para enfermedades crónicas no transmisibles realizada en 2018 dio los siguientes resultados:

  • El 66% de la población argentina tiene exceso de peso.
  • El 32% tiene obesidad.
  • El 40% padece presión arterial elevada.
  • El 30% tiene colesterol elevado.
  • Entre los chicos de 5 a 17 años, el 41% tiene exceso de peso
  • En menores de 5 años, el 13,6% tiene sobrepeso.

La ley establece que los alimentos y bebidas analcohólicas deben incluir en la cara principal un sello de advertencia indeleble que advierta si el producto tiene:

  • Exceso en azúcares
  • Exceso en sodio
  • Exceso en grasas saturadas
  • Exceso en grasas totales
  • Exceso en calorías

Aquellos productos que contengan edulcorantes o cafeína tendrán que informar que su consumo no se recomienda en niñas y niños.

Asimismo, establece la prohibición de emitir publicidad comercial -dirigida a niños, niñas y adolescentes- de productos con sellos de advertencia.

Además, establece que los productos que tengan más de un sello de advertencia no podrán incluir dibujos animados, personajes, figuras públicas, regalos ni elementos que llamen la atención de niños, niñas y adolescentes.

Por otra parte, la iniciativa determina que, ante iguales condiciones, el Estado deberá priorizar la compra de alimentos sin estos sellos de advertencia.

Fuente: Cronista.com

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